SWAPS
SWAPS
Son productos que no cotizan en mercados regulados y en los que el banco es la contraparte del cliente. Son productos propios de operaciones entre bancos que desgraciadamente los bancos han popularizado indiscriminadamente. En los años 90 cuando algunos bancos – fuera de España- comenzaron a colocarlos a grandes corporaciones, fueron noticiosos los casos como el de Procter & Gamble que fue compensada con 150 millones de dólares, el 83% de lo que había perdido. El artículo publicado el 14 de abril de 1994 en The New York Times comenzaba con una pregunta: “¿Qué hace una empresa de jabón especulando en el mercado de swaps por cientos de millones de dólares?” Si un monstruo empresarial no debía invertir en swaps, no cabe en la cabeza que se comercializaran swaps de forma masiva una década después.
La estructura básica de los swaps determina que el cliente paga un tipo fijo (de interés o de inflación) y recibe un tipo variable del Banco. El resultado se netea de forma que se gira una única liquidación a pagar por una de las partes a la otra. Es una apuesta en la que el cliente apuesta a que los tipos o la inflación suben y el banco apuesta lo contrario. ¿Quién creen que gana la apuesta? Pero, se comercializaban bien porque el producto primero se llamaba cobertura y segundo, es “gratuito”, no hay que hacer depósito de cantidad. Esta característica hace aún más difícil que el cliente pueda valorar el riesgo que asume.
Esta es la estructura sencilla. Sin embargo, muchos de los swaps colocados a clientes eran más complejos aún: se desactivan si los tipos suben, tienen opciones de conversión a favor del banco, establecen horquillas entre las cuales el cliente paga un tipo fijo, etc. Si un cliente no puede valorar el riesgo asumido al firmar un swap simple imaginen la vulnerabilidad del cliente contratante de un swap complejo. Sólo un puñado de expertos saben valorar estos productos.
PRINCIPALES PERJUDICADOS
Desde 2004 en adelante se comercializaron indiscriminadamente swaps en España. El más «popular» es el swap de tipo de interés en sus diferentes estructuras. Se colocaron ofreciéndose y/o exigiéndose como cobertura a la financiación que tenían empresas, cooperativas y también particulares. Algunos se vendieron como forma de obtener liquidez.
La casuística es variada pero el final es parecido: pérdidas, insolvencia o ruina. Además, la política comercial del banco estaba enfocada a ir reestructurando los productos, se cancelaban swaps y se contrataban otro nuevos, y ¿adivinan el resultado? Casi siempre, la situación iba a peor para el cliente.
Los clientes más desafortunados firmaron swaps en los que el tipo fijo que pagaban era supuestamente más bajo a cambio de vender una opción al banco sobre acciones del propio u otro banco. En estos casos, a menudo por importes millonarios, las pérdidas son inasumibles.
Los swaps de inflación se comercializaron en una época muy concreta, 2008, la cresta de la ola. Algunos incluso después del batacazo de Lehman Brothers. El ojo humano no veo lo que es evidente para el ojo financiero: después de un ciclo alcista puede venir un ciclo bajista. Esta comercialización a veces tiene matices cuasi criminales.
Particulares con hipotecas, pequeñas o medianas empresas con préstamo o créditos, inversores en huertos solares, promotores de proyectos han sido víctimas de los swaps
PROBLEMÁTICA DE LOS SWAPS
El principal problema que plantean los swaps es que, aunque no cuesta contratar, hay que pagar las liquidaciones. Lo grave es el montante que hay que pagar, a menudo inasumible para el cliente. Nadie espera que tenga que pagar miles de euros (no digamos cientos de miles) por una cobertura y menos cuando no se depositó cantidad alguna al contratar.
La razón por la que el cliente tiene que pagar es porque los tipos de interés o la inflación están más bajos que el tipo fijo establecido en el contrato. Lo que tiene que pagar el banco es inferior a lo que tiene que pagar el cliente y el resultado neto es desfavorable para el cliente.
A menudo los swaps se colocaron con tipos fijos de interés o de inflación en máximos históricos. Cuando los tipos de interés o la inflación bajaron, las pérdidas para los clientes se convirtieron en gigantescas. Con el enfriamiento de la economía, situación en la que los particulares habían perdido su empleo y las empresas veían mermadas su cuenta de resultados, con el swap se eliminaba la única ventaja para el cliente en esos escenarios: tipos de interés o inflación bajos, porque seguían pagando el tipo fijo en máximo histórico.
Claro, ante esta situación el cliente acude al banco y pide cancelar el contrato. Aquí viene otra desagradable sorpresa: cancelar el contrato cuesta una millonada. Los contratos se remiten a un “precio de mercado” cuando se refieren a la posibilidad de cancelar anticipadamente el swap. Sencillamente es imposible que un cliente pueda valorar ese coste de cancelación.
También es imposible que el cliente pueda saber que el banco se apropia de comisiones implícitas al contratar y al cancelar el swap. La apuesta no está equilibrada, no se contrata ni cancela a precios de mercado, y el banco en vez de pagar al cliente por el desequilibrio que le favorece, se apropia de esas comisiones.
MI EXPERIENCIA CON LOS SWAPS
Tengo experiencia en procedimientos tanto judiciales como arbitrales sobre swaps. La problemática de los swaps exige una gran especialización, estar familiarizado con los derivados financieros, además de una experiencia procesal y en mercado de valores. No son casos de masa ni de modelo. Los abogados de los bancos tienen una alta cualificación que exige un nivel similar. Lo contrario es otra apuesta como el swap.
He participado en procedimientos como el del primer colegio que obtuvo una condena ratificada por el Tribunal Supremo contra dos bancos por la colocación de un swap, que les abocaba al cierre. El colegio consolidó la recuperación del millón y medio recuperado y dejó de pagar 2,7 millones de euros más.
También en un procedimiento arbitral en el que otro Banco fue condenado a pagar más de medio millón de euros.
Otro de mis casos fue el ganado ante el Tribunal Supremo por un grupo inmobiliario al que el banco calificaba como profesional y que recuperó más de 400.000 euros, además de dejar de pagar por los swaps.
En el ámbito de las reclamaciones de comisiones implícitas por swaps, participé en el procedimiento por el que un grupo empresarial canario recuperó más de millón y medio de euros de comisiones implícitas de las que se había apropiado el banco. También, otra empresa canaria obtuvo una sentencia estimatoria que condenaba al banco a devolver 860.000 euros en comisiones.
Aparte de los aspectos procedimentales he asesorado a instituciones públicas y privadas que habían contratado swaps.
Pongo esta experiencia y mi dedicación absoluta al servicio del cliente.
CÓMO TRABAJO
Lo primero es conocer el problema. Conocer al cliente, conocer su problema con los swaps, antes de nada. Quiero saber todos los hechos y documentos. Una vez analizado el caso, puedo ofrecer mis servicios y presupuestarlos. Analizo el caso sin compromiso y sin coste.
Una vez definida la estrategia, hago mi presupuesto y el cliente decide.